Carteles de aviso en el lugar de trabajo
Carteles de aviso en el lugar de trabajo
Una vez al año, la Comisión de Aeropuertos Metropolitanos publicará y pondrá a disposición de los Empleadores, en inglés y otros idiomas, avisos adecuados para publicar en el lugar de trabajo informando a los Empleados sobre el salario mínimo actual y sus derechos según esta ordenanza.
Preguntas Frecuentes
¿Qué es la Ordenanza de salario mínimo en el aeropuerto del MSP?
La Ordenanza de salario mínimo del aeropuerto de MSP establece un nuevo salario mínimo por hora para ciertos trabajos realizados en Minneapolis-St. Aeropuerto Internacional Pablo (MSP).
¿Cuánto es el salario mínimo?
La Ordenanza de salario mínimo en aeropuertos de MSP establece un salario mínimo por hora de $15.00 la hora a partir del 1 de julio de 2022.
¿Cuándo entra en vigor la Ordenanza?
La Ordenanza sobre salario mínimo en el aeropuerto del MSP entra en vigor el 1 de diciembre de 2020; sin embargo, los requisitos salariales entran en vigencia en las fechas especificadas a continuación: El 1 de enero de 2021, el salario mínimo por hora será de $13.25. El 1 de julio de 2021, el salario mínimo por hora será de $14.25. El 1 de julio de 2022, el salario mínimo por hora será de $15.00.
¿Qué son los salarios?
Un salario es la cantidad de dinero que un empleador le paga a un empleado por el trabajo que realiza para el empleador. El término salario no incluye seguro médico ni otros beneficios proporcionados a los empleados.
¿Qué empleadores en el aeropuerto MSP están exentos de la Ordenanza de salario mínimo del aeropuerto MSP?
(a) El gobierno de los Estados Unidos (incluidos FAA, TSA, CBP, etc.). (b) El Estado de Minnesota, incluyendo cualquier oficina, departamento, agencia, autoridad, institución, asociación, sociedad u otro organismo del estado, incluyendo la legislatura y el poder judicial. (c) Cualquier condado o gobierno local, excepto la Comisión de Aeropuertos Metropolitanos. (d) Proveedores con certificados emitidos por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos o el Departamento de Trabajo e Industria de Minnesota para fines de pagos de salario submínimo de conformidad con los Estatutos de Minnesota, Sección 177.28 y las Reglas de Minnesota parte 5200.0030, pero solo en la medida de los trabajadores específicamente cubiertos por el certificado de salario submínimo.
¿Qué pasa si trabajo para dos o más empleadores de MSP Airport?
Todos los empleadores del aeropuerto de MSP deben seguir la Ordenanza de salario mínimo del aeropuerto de MSP, a menos que se indique lo contrario en la Ordenanza; sin embargo, no todos los empleados están cubiertos por los requisitos salariales de la Ordenanza. Ver pregunta 10.
¿Qué pasa si un empleador tiene su sede fuera del aeropuerto de MSP, pero el empleado trabaja en MSP?
Un empleado que tiene su base fuera del aeropuerto y realiza trabajo en el aeropuerto de manera ocasional está cubierto por la Ordenanza si el empleado en una semana laboral particular realiza al menos 2 horas de trabajo para un empleador dentro de los límites geográficos del aeropuerto.
¿Qué hago si mi empleador se niega a pagar el salario mínimo?
Un empleado u otra persona puede informar al Vicepresidente de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de la Comisión de Aeropuertos Metropolitanos cualquier sospecha de violación de la Ordenanza de salario mínimo. Se puede realizar una denuncia de cualquiera de las siguientes maneras: Llamada: 612‐726‐8196 Correo electrónico: mínimowage@mspmac.org Envíe una carta: 6040 28th Avenue South, Minneapolis 55450
¿Se aplica el salario mínimo a todos los empleados que trabajan en el Aeropuerto MSP?
No. Los empleados gubernamentales generalmente no están cubiertos, como se describe en la pregunta 6. Además, solo los empleados del Aeropuerto MSP que realizan servicios que afectan materialmente al público viajero que utiliza las terminales de pasajeros del aeropuerto están cubiertos por la Ordenanza. Para obtener más información, consulte ejemplos del tipo de clasificaciones laborales cubiertas por la Ordenanza.
¿Están exentos los convenios colectivos?
No.
¿Están obligados los empleadores a publicar avisos?
Sí. Todo empleador deberá publicar un aviso, en un lugar visible en cada lugar de trabajo o lugar de trabajo donde trabaje cualquier empleado, informando a los empleados sobre el salario mínimo actual y sus derechos según la Ordenanza.
¿Qué documentos o registros deben conservar los empleadores?
Un empleador debe crear y conservar registros que documenten los salarios pagados a cada empleado. Estos registros deben conservarse por un período no inferior a 3 años a partir de la fecha en que se trabajaron las horas.
¿Cómo se hará cumplir la ordenanza sobre el salario mínimo?
Si se determina que un empleador ha violado la Ordenanza, el Vicepresidente de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de la Comisión de Aeropuertos Metropolitanos notificará al empleador que debe dejar de incurrir en la violación de la ordenanza y puede ordenarle que pague al empleado la cantidad que debe. adeudado por el trabajo que realizó después de que la Ordenanza entró en vigor (la diferencia entre el salario pagado y el salario que el empleado debería haber recibido por las horas que trabajó durante ese período), compensación por los daños financieros o de otro tipo en los que un empleado haya incurrido porque de la infracción del empleador y/o pago de una multa civil de hasta $1,000 por cada infracción.
Quiero denunciar una infracción, pero tengo miedo de sufrir represalias. ¿Qué tengo que hacer?
Los empleadores tienen prohibido tomar represalias contra los empleados que denuncien una infracción de la Ordenanza. Los empleadores que tomen represalias en virtud de la Ordenanza están sujetos a pagar una indemnización monetaria. Un empleado u otra persona puede informar al Vicepresidente de Recursos Humanos y Relaciones Laborales de la Comisión de Aeropuertos Metropolitanos cualquier sospecha de violación de la Ordenanza de una de las formas identificadas en la pregunta 9.
¿Dónde puedo obtener más información?
Puede encontrar más información sobre la ordenanza de salario mínimo en myMSPconnect o leer el texto completo de la ordenanza. También puede enviar solicitudes por escrito al Vicepresidente de Recursos Humanos y Relaciones Laborales en 6040 28th Ave S., Minneapolis, MN 55450 o por correo electrónico minimalwage@mspmac.org.